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Se conoció que el Tribunal 1ro Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del estado Delta Amacuro, acordó sustituir la medida Judicial privativa de libertad por una medida menos gravosa a tres de los siete ciudadanos que se encontraban detenidos luego de ser capturados el mes pasado en la isla Hacha ubicada frente a los Castillos de Guayana en el río Orinoco.

La decisión consiste en una medida cautelar de conformidad con lo establecido en el artículo 242 Ordinal 3 del COPP con régimen de presentaciones periódicas por estar relacionados al parecer en
Tráfico Ilícito de armas de fuego previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y el delito de Asociación para Delinquir.

Como se recordará funcionarios del Comando de Operaciones en Delta Amacuro del Grupo de Tarea adscrito al CZGNB-61 Delta Amacuro capturó a siete presuntos mercenarios en la isla Hacha ubicada frente a los Castillos de Guayana en el río Orinoco.

Según un parte oficial desde hace días llevaban a cabo un despliegue de contención activa para efectuar labores de escudriñamiento, búsqueda y captura de grupos de terroristas que se preparaban para atentar contra la soberanía nacional.

Fueron identificados los presuntos mercenarios por el nombre de Las Iguanas, a quienes se les incautó el siguiente armamento:
Una escopeta de fabricación no industrializada sin marca ni seriales visibles, calibre 12; una escopeta marca New England, de fabricación americana, serial NS 222025 calibre 12; cartuchos calibre 16 sin percutir; cartuchos calibre 12 percutidos; cartuchos calibre 12 sin percutir; armas blancas tipo cuchillos; arma Blanca tipo machete; braga de color verde con parches alusivos a la Fanb; dos revólveres; guerrera de color verde con parches alusivos a la Fanb; sombrero de campaña de color verde; pasamontañas de color negro y un motor fuera de borda modelo 40 hp marca Yamaha serial 1024183.

De acuerdo a labores de inteligencia se manejaba que en el municipio Casacoima había presencia de grupos paramilitares terroristas y mercenarios ejecutando acciones tácticas contundentes para evitar incursiones por parte del enemigo.

Se realizó patrullaje fluvial en las riberas del río Orinoco en los sectores los Castillos de Guayana, y la isla Hacha, relacionada con la presencia de irregulares en el sector isla Hacha, del río Orinoco, confluencia de los estados Bolívar, Monagas y Delta Amacuro.

El Tribunal 1ro Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del estado Delta Amacuro, dictó la medida privativa judicial preventiva de libertad a los imputados así como también ordenó seguir las reglas del procedimiento ordinario contra los ciudadanos: Jorge Félix Antoima Mendoza, José Gregorio Gómez Márquez, Francisco José Urabac Moreno, Kender José Solano Moreno, Ángel Urabac Solano, Kendi José Solano Solano y Eulomar José Cabrera Cedeño, por la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 38 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y el delito de Asociación para Delinquir previsto y sancionado en el artículo 37 de La ley Orgánica para la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Después de una averiguación realizada por el Ministerio Público se pudo conocer que tres de las personas sin detallar nombres de los beneficiados fueron puestos en libertad. Si se dejan tres en libertad porque se les dio una medida menos gravosa, por qué quedan privados de libertad cuatro siendo el mismo delito? Que hay detrás de esta decisión?

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